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El proceso ante la Corte Internacional de Justicia contra Israel

 

El proceso judicial contra Israel por genocidio ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya

12 de enero de 2024

El pasado 29 de diciembre de 2023 el gobierno de Sudáfrica presentó ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) radicada en La Haya una acusación contra el Estado de Israel. En el pliego acusatorio de 84 páginas, se imputa la violación de la “Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio” por sus acciones militares contra la población palestina en la Franja de Gaza.

 

De acuerdo con el ensayo titulado Israel está aterrorizado de que la Corte Mundial decida que está cometiendo genocidio, publicado el 6 de enero de 20214 por Marjorie Cohn en la página http://truthout.org,   en los cargos radicados se encuentran:

 

(a) Asesinatos de civiles en Gaza, incluyendo una gran proporción de mujeres y niños (aproximadamente el 70% de más de 21,110 fallecidos, algunos mediante ejecución sumaria).

 

(b)Causar serios daños mentales y corporales a la población palestina en Gaza, incluyendo traumas sicológicos y tratos inhumanos y degradantes.

 

(c) Forzar la evacuación  y desplazamiento del 85% de los palestinos en Gaza, incluyendo niños, ancianos, enfermos y heridos; la destrucción masiva de hogares, villas, pueblos, campos de refugiados y áreas enteras para evitar el regreso de palestinos a su hogares.

 

(d) Causar o propagar el hambre y deshidratación de los palestinos en Gaza impidiendo la llegada de suficiente ayuda humanitaria, recortes de alimentos, agua, combustible, electricidad, la destrucción de panaderías, fábricas, tierras agrícolas y medios de producción y subsistencia

 

 

 

 

(e)Evitar el acceso a vestimenta adecuada, refugios, higiene y facilidades sanitarias, incluyendo el desplazamiento de 1.9 millones de palestinos. Incluye también la destrucción de refugios, el asesinato de personas heridas refugiadas en ellos, incluyendo mujeres, niños y ancianos.

 

(f)  Impedir el acceso a cuidados médicos a la población palestina en Gaza, incluyendo otro tipo de medios para causar daños físicos, mediante ataques directos a ambulancias, hospitales y casas de salud; así como el asesinato de médicos, para médicos y personal de enfermería, destruyendo el sistema médico hospitalario de Gaza.

 

(g)Destrucción de la vida, la infraestructura, escuelas, universidades, tribunales, edificios públicos, récords públicos, bibliotecas, tiendas, iglesias, mezquitas, carreteras y otro tipo de facilidades necesarias para la vida de los palestinos como agrupación, incluyendo el asesinato de familias y la erradicación de dirigentes prominentes y distinguidos de la sociedad palestina en Gaza.

 

(h) Imposición de medidas que evitan el nacimiento de niños en Gaza a través de la violencia reproductiva infligida a mujeres, recién nacidos y niños.

 

Esta Convención contra el Genocidio fue adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidad mediante la Resolución 260 (III) de 12 de enero de 1951. Esta Resolución tiene como base y precedente la Resolución 96 (I) adoptada por dicho organismo el 11 de diciembre de 1946. En ella se declara el “genocidio” como un delito del derecho internacional contrario a espíritu y los fines de la Carta de las Naciones Unidas. Israel es uno de los países signatarios de esta Convención por lo que como Estado, está sometido a su jurisdicción.

 

Al definir “genocidio” la Resolución señala que se trata de aquellos actos en virtud de los cuales, con la “intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, se provocan matanzas de miembros del grupo; se provocan lesiones graves a la integridad física o mental de los miembros del grupo; se provoca el sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que puedan acrarrear destrucción física, total o permanente; se provocan medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; y finalmente, se provoca el traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.”

 

La “Convención para la Prevención y la Sanción del Delito  de Genocidio” indica en su Artíciulo VI, que las personas acusadas de genocidio “serán juzgadas por un tribunal competente del Estado en cuyo territorio el acto fue cometido, o ante la corte internacional que sea competente respecto a las partes contratantes que hayan reconocido su jurisdicción.”

 

Según indica la página electrónica de las Naciones Unidas https://unric.org/es/ la CIJ fue establecida en 1945 “como una forma de resolver disputas entre países.” La entidad tiene la facultad de emitir opiniones consultivas “sobre cuestiones que le han sido remitidas por otros órganos autorizados de la ONU.” Sus jueces no representan gobiernos, “sino que son magistrados independientes, y nunca hay más de un juez de cada nacionalidad en el Tribunal.” Sus fallos no son revisables como es el caso de los tribunales en cada país. Adjudica dos tipos de casos: (a) casos contenciosos, que son las disputas entre diferentes Estados; (b) los procedimientos consultivos sobre cuestiones legales remitidos por los organismos de las Naciones Unidas y cierta agencias especializadas. Los fallos emitidos por la CIJ en casos de incumplimiento de parte del Estado sancionado pueden ser llevados a la consideración del Consejo de Seguridad de la Naciones Unidas, donde allí tropiezan con el poder de veto de parte de Estados Unidos, Francia, Reino Unido de la Gran Bretaña, la Federación Rusa o la República Popular China.

 

Existe una clara diferencia entre la Corte Internacional de Justicia y la Corte Penal Internacional (CPI) fundada en 2002, también con sede en La Haya. En esta última, ni los Estados Unidos, ni la Federación Rusa ni Israel forman parte de la misma. Se trata de un tribunal de jurisdicción voluntaria y se circunscribe a procesos penales contra personas acusadas de crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio.

 

De acuerdo con el pliego acusatorio presentado por Sudáfrica, las acciones militares de Israel en Gaza a partir del 7 de octubre de 2023 han convertido dicho la Franja en un territorio invivible, subrayando que Israel “ha matado a un número incomparable y sin precedentes de civiles con pleno conocimiento de cuántas vidas civiles se cobrará cada bomba.” La representante de Sudáfrica en el proceso seguido ante la CIJ, Adila Hassim ha denunciado a Israel por asesinatos en masa, desplazamiento forzoso de la población en Gaza, daños físicos y mentales y ataques contra el sistema sanitario. Ha destacado que la situación prevaleciente, como consecuencia de las acciones de Israel, coloca a los palestinos “en riesgo inmediato de morir por hambre, deshidratación y enfermedades.”  De acuerdo con Hassim, “las acciones muestran un patrón sistemático de conducta del que se puede inferir el genocidio.”

 

La Organización de Cooperación Islámica, agrupación compuesta por 57 países musulmanes,entre ellos Palestina, Jordania, Turquía, Algeria, la República Islámica de Irán, Bangladesh, Egipto, Libia, Paquistán y Siria, como también Namibia y Malasia, han dado su respaldo a las acusaciones de Sudáfrica. Entre los países de América Latina, Colombia, Brasil, Cuba, Honduras, el Estado Plurinacional de Bolivia, Nicaragua y la República Bolivariana de Venezuela también se han sumado al reclamo de Sudáfrica. Igualmente se ha expresdo la Coalición Internacional para Detener el Genocidio en Palestina, a la cual se han sumado ya más de 600 organizaciones

 

Durante los días 11 y 12 de enero de 2024, 17 jueces participantes del proceso, 15 de ellos elegidos por un término de 9 años y en casos contenciosos como el presente, se suma un juez adicional por cada una de las partes en el litigio; es decir, un juez sudafricano y otro israelí, escucharon, primero la argumentación de Sudáfrica el primer día y de Israel el segundo día, no sobre la totalidad de los méritos del caso, sino en torno a la solicitud de medidas provisionales solicitadas por Sudáfrica que incluyen el cese al fuego y el acceso a ayuda humanitaria inmediata a la población palestina en Gaza. La CIJ puede emitir a corto plazo una resolución atendiendo las medidas provisionales solicitadas, emitiendo sus propias medidas o denegando la petición formulada por Sudáfrica La adjudicación del caso en sus méritos, sin embargo, puede tomar aún mucho más tiempo, años quizas.

 

Los actuales integrantes electos del panel de 15 jueces provienen de Estados Unidos, la Federación Rusa, la República Popular China, Eslovaquia, Marruecos, Líbano, India, Francia, Somalia, Jamaica, Japón, Alemania, Australia, Uganda y Brasil.

 

Israel como signatario de la Convención, ha esgrimido el argumento de que Sudáfrica en sus acusaciones ha actuado como “el brazo legal de la organización terrorista Hamas. Por su parte, el presidente israelí ha invocado la “autodefensa” como justificación a las acciones de su país en Gaza, señalando de paso que Israel está haciendo “todo lo posible en circunstancis extremadamente complicadas”, para evitar víctimas civiles. A lo anterior contrasta significativamente con los datos que reflejan que al presente, a partir del 7 de octubre de 2023, han muerto en la Franja de Gaza más de 23 mil palestinos, más de 56 mil heridos, 7 mil desparecidos, ello sin contar los cuerpos de aquellos y aquellas fallecidos bajo los escombros de las edificaciones destruidas. Igualmente, las propias declaraciones de funcionarios isrealíes desmienten el argumento de la “autodefensa”.  Veamos:

 

(a) “Gaza no retornará a lo que fue antes. Eliminaremos todo. No importa tome un día, tome una semana, tome semanas o meses, llegaremos a todos los lugares.” Yoav Gallant, Ministro de Defensa.

 

(b) “Estamos llevando a cabo ahora el Nakba de Gaza”, ello en referencia a la limpieza étnica realizada en 1948 para la creación del Estado de Israel. Avi Dichter, Ministro de Agricultura

 

(c)  “Ahora tenemos un interés en común, borrar la Franja de Gaza de la tierra”. Nissim Vaturi, Vicepresidente del Knesset y miembro del Comité de Asuntos Exteriores y del Comité de Seguridad de Israel.

 

Se trata de la primera vez que Israel es procesado al amparo de la “Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio”, aunque en el año 2004 fue objeto de una opinión consultiva en la cual la CIJ indicó que la barrera de separación contruida por Israel en Cisjordania aislando la población palestina de las zonas controladas por Israel, violaba el derecho internacional y solicitaba su derribo. Israel ignoró la recomendación.

 

La página electrónica https://cnnespanl.cnn.com de 11 de enero de 2024, citando a Leiav Lieblich, profesor de derecho internacional de la Universidad de Tel Aviv, en referencia al sentir interno de la población en Israel ante la acusación ante la CIJ, señala que la “opinión del público israelí sobre el caso refleja los desacuerdos políticos del país. Indica que algunos “ven el proceso como un caso más de parcialidad internacionall contra Israel. Muchos otros están enojados porque piensan que el caso sólo fue posible gracias a declaraciones irresponsables de políticos de extrema derecha, que en su opinión no representan una política real.” Indica, además que si bien “las encuestas muestran que los israelíes apoyan abrumadoramente la guerra”,  citando un cable diplomático, Israel ha tenido que movilizar “a sus diplomáticos para presionar a las naciones anfitrionas para que respalden su posición y creen presión internacional contra el caso.” Así lo ordenó su Ministro de Relaciones Exteriores el día 4 de enero de 2024.

 

En todo este entramado, sin embargo, no podemos dejar de mencionar el apoyo irrestricto y cómplice del gobierno de los Estados Unidos en prestación de ayuda material, financiera, armamentista y diplomática a Israel en sus políticas genocidas contra la población palestina en Gaza.

 

Palestina y sus habitantes sigue estremeciendo nuestro corazón, nuestra conciencia  y el corazón y conciencia de cada persona que observa día a día esta tragedia contra el pueblo palestino. Una vez más,  reclamamos  un alto al genocidio contra el heroico y sufrido pueblo palestino.

 

 

 




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