Miércoles, Noviembre 27, 2024

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Oscar López Rivera en nuestro corazón

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El Presidente de Estados Unidos, Barack Obama tiene aún a su alcance el ejercicio del indulto presidencial antes de concluir el término de su mandato. Él ha reconocido el derecho a la libre determinación del pueblo puertorriqueño.  Él conoce que la libre determinación de un pueblo no es posible con la presencia de prisioneros políticos en cárceles como resultado de su lucha anticolonial. La posición del gobierno de Estados Undios para evadir su responsabilidad con la descolonización de Puerto Rico ha sido decir que primero los puertorriqueños tenemos que ponernos de acuerdo. Obama debería reconocer que en lo que sí tenemos un consenso es en la demanda de excarcelación de Oscar López Rivera y que quien le niega la posibilidad de excarcelación a Oscar es él como Presidente.

 

 

¨Cuando hay muchos hombres sin decoro,

hay otros que tienen en si el decoro de muchos hombres.¨

José Martí, ¨Tres Héroes¨, La Edad de Oro

 

Con la anterior cita del Apóstol de la Independencia de Cuba, hace apenas dos años nos referíamos a los esfuerzos  por la excarcelación de Oscar López Rivera con motivo de su cumpleaños el día 6 de enero. Señalábamos que este prisionero político puertorriqueño que ha cumplido ya más de treinta y cinco años de prisión, anida hoy en el corazón de la inmensa mayoría de un pueblo que anhela y reclama su excarcelación.

 

Oscar López Rivera es hoy uno de los prisioneros políticos más antiguo del Hemisferio y ciertamente, el puertorriqueño que ha cumplido un mayor número de años en cárceles federales de Estados Unidos por delitos imputados como resultado de su militancia y lucha por la independencia de Puerto Rico. Oscar no cumple condenas por delitos de sangre, Oscar no cumple condenas por delitos contra la persona. Fue condenado inicialmente por un tribunal estadounidense por el delito de conspiración sediciosa a 55 años de prisión y estando ya encarcelado, se le acusó nuevamente por un supuesto intento de fuga de la prisión sumándole 15 años adicionales a su condena.

 

El delito de conspiración sediciosa existe dentro del ordenamiento penal de Estados Unidos desde los días previos a la Guerra Civil que libró dicho país entre aquellos estados que promovieron la secesión, reclamando el derecho a la separación política y a formar su propia unidad sobre bases distintas al federalismo, y aquellos que optaron por mantener y preservar la integridad de la Unión.

 

En el caso de Oscar, su delito es haberse planteado ejercer el derecho que tiene todo ciudadano en todo país intervenido y ocupado por obtener, por aquellos medios a su alcance, el ideal patrio de la independencia y la soberanía. En el contexto colonial de Puerto Rico, alcanzar tal ideal como combatiente anti colonial, suponía echar abajo las instituciones que sobre su país ejerce Estados Unidos. En el caso particular de Oscar, su espacio de acción fue el lugar donde creció y se desarrolló como adulto una vez su familia emigró hacia Estados Unidos a la ciudad de Chicago.

 

Nacido en 1943 en un pueblo del interior de nuestra Isla, San Sebastián, lugar donde fueran derrotados los insurgentes independentistas tras el Grito de Lares en 1868, a los 11 años su familia se trasladó a residir a Chicago. Le llevó a esta ciudad, las mismas razones por las cuales decenas de miles de famlias puertorriqueñas en aquella década y más adelante emigrarían a ciudades como Nueva York, Filadelfia, Boston, Hartford y tantas otras, en busca del empleo que no encontraban en su Patria.

 

Durante la primera mitad de la década de 1960 y al calor de Guerra de Vietnam, bajo la ley estadounidense del Servicio Militar Obligatorio, Oscar fue llamado al servicio militar y más adelante, moviliza como soldado hacia las selvas de Vietnam. Allí cumplió Oscar un año de servicio militar en zonas de combate donde se distinguió por su coraje y valentía logrando rescatar varios de sus compañeros heridos por lo que recibió la distinción militar de Estrella de Bronce por heroísmo.

 

Luego de poco más de un año en Vietnam, a su regreso a Chicago donde residía, Oscar se integró muy pronto a las luchas de su comunidad en defensa y afirmación de los derechos de los puertorriqueños combatiendo la discrimación racial, la marginación y el clientelismo de aquellos que aspiraban a enriquecerse a costa de la miseria humana. Allí radicalizó su pensamiento político y ahondó su conciencia social.

 

Decía el maestro Eugenio María de Hostos que de todos los tormentos que podía imaginar ninguno era más terrible ¨que el de perder el tiempo de la acción en la palabra¨. Así Oscar junto a otros compañeros y compañeras, se integró a la lucha organizada en lo que alguien llamó alguna vez ¨la retaguardia de nuestro pueblo¨, para así, desde las propias entrañas del monstruo imperialista, impulsar la independencia de su Patria. De la labor política abierta y legal, Oscar y sus compañeros y compañeras de lucha pasarían eventualmente al clandestinaje para desde esa otra trinchera, continuar el desafío necesario en el forcejeo por la lucha de independencia.

 

Su captura se produjo en 1981. Un año antes, en 1980, sus compañeros de lucha Haydee Beltrán, Luis Rosa, Ricardo Jiménez, Elizam  Escobar, Carmen Valentín, Carlos Alberto Torres, Dylcia Pagán, Adolfo Matos, Alicia Rodríguez e Ida Luz Rodríguez habían sido capturados. Más adelante, en 1983, ocurriría lo mismo con otra camada de luchadores y luchadoras con las capturas de Alejandrina Torres, Edwin Cortés y Alberto Rodríguez.  Ya antes también había sido capturado en la ciudad de Nueva York, otro luchador puertorriqueño William Guillermo Morales quien habiendo sufrido las consecuencias de una explosión, perdió una mano y casi todos los dedos de la otra. Convaleciendo en un hospital bajo vigilancia permanente, William Guillermo logró escapar manteniéndose en la clandestinidad hasta que fue capturado por las autoridades de México, país desde donde eventualmetne logró viajar a Cuba donde actualmente reside.

 

Salvo uno que se prestó para la traición—Alfredo (Freddie) Méndez, porque los traidores también deben ser conocidos para que no se nos olviden--, los prisioneros capturados asumieron al momento de sus capturas frente a las autoridades estadounidenses la condición de prisioneros de guerra.  Como tales, reclamaron la condición de combatientes anticoloniales, no reconociendo la jurisdicción de los tribunales de Estados Unidos por lo que demandaron ser procesados por un tribunal internacional o por un tribunal de un tercer país que no formara parte del conflicto anticolonial entre Puerto Rico y Estados Unidos.

 

De acuerdo con el Protocolo I de la Convención de Ginebra de 1949, la protección que dicho Convenio Internacional que reconoce a los prisioneros de guerra, se extiende también a personas capturadas en conflictos o luchas contra la ocupación colonial, la ocupación de un país por parte de regímenes racistas y a aquellos otros que participan de luchas por la libre determinación de sus pueblos. Así lo ratifica también la Resolución  2852 (XXVI) de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 20 de diciembre de 1971 y la Resolución 3103 (XXVIII) del 13 de diciembre de 1973, cuando establece:

 

“Todo participante en los movimientos de resistencia, luchando por la independencia y la autodeterminación si es arrestado, tiene que recibir el tratamiento estipulado en la Convención de Ginebra.”

 

De acuerdo con el referido protocolo, un prisionero de guerra no puede ser juzgado como un criminal común, mucho menos si la causa de tal procedimiento descansa en actos relacionados con su participación en una lucha anticolonial.

 

El carácter político de los procesos legales seguidos por Estados Unidos contra estos prisioneros lo establece la naturaleza de las acusaciones hechas contra ellos, donde  como indicamos, se les imputó conspiración sediciosa para derrocar el gobierno de Estados Unidos. A lo anterior se suma el carácter desproporcionado de las sentencias impuestas. En el caso de las mujeres capturadas, el promedio de las sentencias fue de 72.8 años; mientras que en el caso de los varones, el promedio fue de 70.8 años. En el caso particular de Oscar, las sentencias impuestas ascienden a 70 años de prisión.

 

A través de los años, múltiples resoluciones del Comité de Descolonización de las Naciones Unidas demandaron y aún demandan del gobierno de Estados Unidos la excarcelación de los prisioneros políticos puertorriqueños, en particular de Oscar López Rivera.

 

Tribunales especiales convocados desde la sociedad civil igualmente han demandado su excarcelación y denunciado específicamente las condiciones bajo las cuales se les ha mantenido encarcelados. Tales fueron los pronunciamientos del “Tribunal Permanente de los Pueblos”, el cual sesionó durante los días 27 al 29 de enero de 1989 y del “Tribunal Especial Internacional sobre Derechos Humanos de los Prisioneros Políticos y Prisioneros de Guerra en Prisiones y Cárceles de Estados Unidos”, llevado a cabo  los días 7 al 10 de diciembre de 1990 en la ciudad de Nueva York.

 

En el caso de Oscar López Rivera, durante la Administración de William Jefferson Clinton, en ocasión del indulto que fuera conferido a la mayoría de los prisioneros políticos puertorriqueños que para entonces habían cumplido cerca de 20 años de prisión, se ofreció la posibilidad de la excarcelación de Oscar López Rivera una década después de la salida del primer grupo. Esta oferta fue rechazada por Oscar mientras permanecieran encarcelados otros de sus compañeros, como era el caso de Carlos Alberto Torres y Haydee Beltrán, a los cuales no les fueran ofrecidas las condiciones de salida para los otros prisioneros y prisioneras. Estos últimos, sin embargo, ya se encuentran fuera de prisión. En el caso de Oscar, el indulto que se ofrecía prolongaba su fecha de salida por diez años adicionales. La negativa a salir en aquel momento, canceló sus posibilidades. Luego de la excarcelación de sus compañeros Carlos Alberto y Haydeé, Oscar solicitó su salida condicional de prisión al haber cumplido una porción sustancial de su sentencia. La misma, sin embargo, le fue denegada, indicándole sus carceleros que debía esperar diez años adicionales para volver a plantear su solicitud.  Para entonces, Oscar habrá cumplido 80 años.

 

Al reclamo por la excarcelación de Oscar López Rivera se ha sumado básicamente la totalidad del pueblo puertorriqueño. Dirigentes políticos, religiosos, comunitarios, representantes del movimiento obrero, de los gremios profesionales, el sector cooperativista, organizaciones juveniles y estudiantiles; en fin, el más amplio conjunto de representantes de la sociedad civil puertorriqueña, demandan la excarcelación de Oscar. Igual ha ocurrido en amplios sectores de la comunidad puertorriqueña en Estados Unidos, así como otros importantes reclamos desde la comunidad internacional.

 

Estados Unidos, que se pasa caminando el mundo, ufanándose ante otros pueblos de su régimen democrático y liberal, se coloca en entredicho ante dicha comunidad internacional cuando a un pueblo bajo su sujeción política se le niega el derecho a la libre determinación e independencia; cuando dentro de su propio sistema carcelario mantiene por más de tres décadas un prisionero político, acusado de sedición como resultado de su lucha anticolonial como es el caso de Oscar López Rivera; cuando ejerce políticas coloniales sobre otro pueblo, negándose a transferir los derechos conculcados a raíz de una invasión efectuada hace ya más de 118 años; cuando se niega a descontaminar y devolver terrenos que por espacio de más de 60 años contaminó como es el caso de Vieques, afectando la salud de la población como resultado de sus prácticas militares.

 

El Presidente de Estados Unidos, Barack Obama tiene aún a su alcance el ejercicio del indulto presidencial antes de concluir el término de su mandato. Él ha reconocido el derecho a la libre determinación del pueblo puertorriqueño.  Él conoce que la libre determinación de un pueblo no es posible con la presencia de prisioneros políticos en cárceles como resultado de su lucha anticolonial. La posición del gobierno de Estados Undios para evadir su responsabilidad con la descolonización de Puerto Rico ha sido decir que primero los puertorriqueños tenemos que ponernos de acuerdo. Obama debería reconocer que en lo que sí tenemos un consenso es en la demanda de excarcelación de Oscar López Rivera y que quien le niega la posibilidad de excarcelación a Oscar es él como Presidente.

 

En su último discurso como presidente, pronunciado en Chicago, Obama evocó con emoción lo que significaba para él regresar al lugar a donde llegó cuando tenía apenas 20 años y cómo allí, en su vecindario, aprendió la importancia para la gente ordinaria de involucrarse en procesos que lleven al cambio. Así también ocurrió con Oscar, precisamente en Chicago, al regresar de Vietnam con la conciencia de la importancia de luchar por su comunidad, por sus compatriotas y por la libertad de su país. Oscar también merece regresar a su vecindario, regresar a casa y está en manos de Obama así permitirlo. Ese es nuestro reclamo al presidente de Estados Unidos: ¡Libertad para Oscar López Rivera!

 

 


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